
CULIACÁN, SINALOA.- Diputadas y diputados aprobaron por unanimidad reformas y adiciones a la Ley de Atención y Protección a Víctimas y a la Ley de Hacienda, para establecer la exención de diversos pagos por concepto de grúa y pensión, entre otros, a personas que hayan sido víctimas del delito de robo auto.
Las modificaciones contemplan la adición de una nueva fracción, la IX, al artículo 67 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas, en la que se establece: “la exención de pagos a la víctima del robo de vehículo por los servicios de guarda en los depósitos y pensión de tránsito, arrastre, traslado, siempre que acrediten tener la calidad de víctima del delito de robo vehicular”.
En lo que respecta a la Ley de Hacienda, se adiciona un artículo 48 Bis, en el que se establece que:
“Quedan exentas del pago de Derechos contemplados en las fracción XI, XII y XIV del artículo anterior las personas que hayan sido objeto de robo vehicular en el estado de Sinaloa”.

Las fracciones señaladas del artículo 48 hacen referencia a los cobros (por día) que se aplican por concepto de guarda en la pensión de Tránsito, el traslado con grúas y por la búsqueda de información ante autoridades fuera del estado.
Al ser sometido a votación el correspondiente dictamen, que fue elaborado por la Comisión de Justicia, se aprobó por 39 votos a favor y ninguno en contra.
Una vez aprobadas las reformas y adiciones, el presidente de la Mesa Directiva, el diputado Rodolfo Valenzuela Sánchez, instruyó que se expida el correspondiente Decreto.
Las reformas y adiciones se retomaron de cuatro iniciativas, que fueron presentadas en su momento por el Grupo Parlamentario de Morena; el Grupo Parlamentario del PAS y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudua y Paula Liliana Días Quiñónez; el Grupo Parlamentario del PRI, y por el ciudadano Rafael lzábal Sanz.








